El grupo de activistas argentinas Abuelas de Plaza de Mayo anunció este miércoles que recurrirá a la Corte Interamericana de Derechos Humanos para lograr que una joven se someta a un análisis de sangre, a fin de establecer de qué desaparecidos es hija.
Eso se debe a que la Corte Suprema de Justicia resolvió el martes, por siete votos contra uno, dar la razón a Evelyn Vázquez, de 26 años, quien no acepta que se le realice un examen de ADN (ácido desoxirribonucleico), cuyo resultado podría usarse como prueba para agravar la situación de la pareja que la crió, integrada por Policarpo Vázquez y Ana María Ferra.
Policarpo Vázquez, suboficial de la marina de guerra, y su esposa Ferra están procesados por sustracción y ocultamiento de identidad, tras confesar en 1999 que anotaron falsamente como su hija Evelyn a una niña nacida en 1977 en la Escuela de Mecánica de la Armada, un centro clandestino de detención, tortura y desaparición forzada de la dictadura de 1976-1983.
Pero aún no se ha podido establecer quiénes fueron los padres de la joven, y es por eso que Abuelas de Plaza mayo demanda un análisis de su material genético. Ella aceptó en primera instancia ese examen, pero pocos meses después cambió de opinión.
La organización denunció en 1999 al marino por apropiarse de una recién nacida que podría ser la hija de Susana Pegoraro y Rubén Bauer, una pareja de detenidos desaparecidos, cuyos familiares buscando a una joven con las características físicas de la llamada Evelyn Vázquez.
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Abuelas se dedica desde hace 26 años a la búsqueda e identificación de personas que, tras ser secuestradas por represores cuando eran niñas, o nacer durante el cautiverio de sus madres, fueron entregadas a familias ajenas, con ocultamiento de su verdadera filiación.
El grupo afirmó que la sentencia de la Corte Suprema le genera el sentimiento de que su labor de más de un cuarto de siglo ”fue en vano”.
La vicepresidenta de Abuelas, Rosa Roisinblit, expresó en una conferencia de prensa su ”profundo rechazo” al fallo del máximo tribunal, que a su juicio ”viola tratados internacionales” a los que adhirió el país, y representa una marcha atrás en relación con sentencias anteriores de la misma Corte.
Según el fallo de la Corte Suprema, sería ”una aberración” extraer sangre por la fuerza a Evelyn Vázquez, y además el análisis no es necesario para inculpar a sus apropiadores, porque ellos ya admitieron su responsabilidad en ese delito.
Un tribunal de primera instancia había decidido que el análisis debía realizarse, ”con auxilio de la fuerza pública” si era necesario, y ese fallo fue ratificado en segunda instancia por la Cámara Federal.
La joven recurrió entonces al máximo tribunal de justicia, con el argumento de que el análisis compulsivo sería ”una inadmisible intromisión del Estado en su intimidad” y afectaría su dignidad, sin respeto a su decisión de ”no traicionar los intensos lazos afectivos” que mantiene con quienes la criaron.
La Corte Suprema sostuvo que someter a una persona mayor de edad a una extracción compulsiva de sangre para un examen de ADN sería violar su intimidad, y consideró que el derecho de Evelyn Vázquez a la privacidad está por encima del derecho de su presunta familia biológica a saber quién es.
El tribunal admitió que existe ese derecho de los presuntos familiares, pero sostuvo que de ninguna manera se puede usar la violencia del Estado sobre un particular para lograr que tal derecho se ejerza.
Abuelas ya halló e identificó a unos 70 jóvenes, y busca a unos 330 más. De los encontrados, algunos decidieron mantener vínculos con su familia biológica y otros no.
La abogada de la organización, Alcira Ríos, dijo a IPS que el fallo de la Corte Suprema ”avala el terrorismo de Estado, la privación ilegal de la libertad y la desaparición forzada” de personas, además de sentar un ”precedente negativo” para causas similares.
El mismo alto tribunal había avalado en otros casos la realización compulsiva de exámenes genéticos como prueba de identidad de hijos de desaparecidos que no habían llegado a la mayoría de edad legal, y ésta era la primera vez que fallaba en un caso de un mayor de 21 años que se niega a la extracción de sangre.
La Corte sostuvo antes que el análisis de material genético no implica ningún riesgo para la salud ni es una práctica denigrante, y ”eso no cambia porque la persona que se deba someter al análisis sea mayor de edad”, alegó Roisinblit.
El análisis de ADN se realiza mediante la extracción de una gota de sangre, y el material genético se compara con el de un miembro de la presunta familia biológica. Si la compatibilidad es superior a 99 por ciento, se considera probada la filiación.
”Sé que en algún momento me va a nacer esa necesidad de conocer mi identidad”, reconoció Evelyn Vázquez, en declaraciones publicadas este miércoles por un matutino. No obstante, insistió en que se niega al análisis en el marco del proceso contra Vázquez, para no complicar su situación procesal.
”Cuando se resuelva lo de mi padre veré que pasa”, añadió.
La joven dijo que se había sentido violentada porque, además de la cuestión del análisis compulsivo de sangre, se le retuvieron los documentos por considerarlos ”pruebas del delito” cometido por Vázquez y Ferra. La Corte Suprema le devolvió esos documentos sin fallar sobre su autenticidad.
Abuelas de Plaza de Mayo sostiene que la extracción compulsiva de sangre no era su deseo ni su objetivo, sino ”la única salida para una necesaria reparación”, y responsabilizó a los poderes del Estado por el hecho de que estos problemas deban dilucidarse cuando los sustraídos son ya mayores de edad.
La organización había afirmado de antemano que un fallo como el que se produjo sería ”una lápida” sobre los jóvenes que fueron secuestrados o nacieron en cautiverio y que viven con una identidad falsa, en algunos casos junto a quienes fueron responsables de la desaparición de sus padres biológicos.
Además, criticaron que argumentos en los que se basó la sentencia, entre ellos el de que quien ahora se llama Evelyn Vázquez estaba en ”una situación forzada de orfandad” cuando sus apropiadores decidieron criarla, que la joven manifiesta ”gratitud” hacia ellos por tal motivo, y que por dichas circunstancias ”se justifica” su negativa al análisis.
Los jueces recordaron que la ley protege a las personas mayores de edad que se nieguen a prestar su cuerpo o parte de él para extraer elementos de prueba que posibiliten la condena de aquellos a quienes la ley autoriza a proteger, es decir los familiares. Sin embargo, en este caso el apropiador reconoció que no se trata de su hija.
El presidente de la Corte Suprema de Justicia, Carlos Fayt, explicó este miércoles que la sentencia se limita al caso particular de Evelyn Vázquez y que no interfiere con el proceso penal seguido a Policarpo Vázquez, ni tampoco debe ser considerado precedente en juicios de filiación.