/BOLETIN-DD HH/ MALASIA: Un paso hacia la igualdad de género

El primer ministro de Malasia, Mahathir Mohamad, anunció un proyecto de reforma constitucional para evitar la discriminación contra la mujer, que establecerá por primera vez en la carta fundamental una referencia a cuestiones de género.

El nuevo texto propuesto para el artículo 8 de la Constitución prohibiría la «discriminación contra ciudadanos basada en su religión, raza, sexo, origen étnico o lugar de nacimiento».

El texto vigente de ese artículo no menciona la discriminación de género.

Activistas por los derechos de la mujer elogiaron con cautela la iniciativa, y apuntaron que esa reforma sólo será significativa si conduce a modificar varias leyes vigentes.

Otros comentaron que Mahathir busca ganar apoyo entre las votantes, para frenar el crecimiento del opositor Partido Islámico.

«Leyes y procedimientos arcaicos y discriminatorios que restringen en forma severa los derechos de la mujer, incluyendo las leyes sobre ciudadanía y la Ley de Inmigración de 1963, podrán ser desafiados con base en la reforma de la Constitución», dijo a IPS la activista social Prema Devaraj.

Las normas vigentes establecen que los hijos de mujeres malasias casadas con extranjeros sólo pueden ser ciudadanos si nacen en el país, mientras los hijos de hombres malasios casados con extranjeras pueden ser ciudadanos aunque hayan nacido en otros países.

Las esposas extranjeras de malasios son elegibles para recibir residencia permanente en el país, pero los esposos extranjeros de mujeres malasias no lo son.

Una persona menor de 21 años de edad que desee casarse necesita permiso de su padre, pero no de su madre.

Las viudas de hombres aportantes al sistema de seguridad social reciben pensiones, pero los viudos de trabajadoras aportantes sólo las reciben si prueban que dependían de los ingresos de la fallecida en el momento de su muerte.

Activistas piden que la reforma constitucional defina que una norma sea considerada discriminatoria en función de sus efectos, con independencia de su texto expreso.

Ese criterio es el empleado en la Convención de las Naciones Unidas para la Eliminación de Toda Forma de Discriminación Contra la Mujer, que Malasia ratificó con reservas en 1995.

De todos modos, las organizaciones defensoras de los derechos de la mujer enfatizan el desafío de cambiar las percepciones y actitudes en relación con la mujer de la población.

Las mujeres son más de la mitad de la fuerza de trabajo, y mucho más numerosas que los hombres entre estudiantes y egresados de instituciones de educación terciaria, pero muy pocas participan en la toma de decisiones.

Sólo 15 por ciento de los cargos públicos civiles con poder de decisión son ocupados por mujeres, y la misma desigualdad se registra en otros sectores.

«Deseamos que eliminar la discriminación permita a las ciudadanas avanzar juntas, no sólo en las áreas de los derechos legales, el empleo, el comercio y el gobierno, sino también en las de la familia, la salud, la educación y el deporte», comentó el presidente de la Asociación de Abogados, Mah Weng Kwai.

La reforma constitucional también puede aportar beneficios específicos a los hombres, por ejemplo si implica la abolición de la pena de azotes para delitos graves, discriminatoria porque sólo puede ser aplicada a varones.

De todos modos, Devaraj apuntó que «sería ingenuo concluir que basta con añadir la palabra 'sexo' en un artículo de la Constitución para lograr la igualdad de género, si eso no se hace en un marco que dé prioridad a la cuestión de la justicia». (FIN/IPS/tra-eng/an/ral/mp/hd/01

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