DERECHOS HUMANOS: Mujeres discriminadas tienen foro propio

El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) terminó de definir el procedimiento para recibir reclamos de mujeres que alegan discriminación en sus propios países.

Las peticiones serán escuchadas según el Protocolo Opcional de la Convención de las Naciones Unidas para la Eliminación de Toda Forma de Discriminación contra la Mujer, que entró en vigor en diciembre de 2000, tras ser firmado por 65 países y ratificado por 15.

Los países que ratificaron el tratado internacional son Austria, Bangladesh, Bolivia, Dinamarca, Eslovaquia, Finlandia, Francia, Hungría, Irlanda, Italia, Malí, Namibia, Nueva Zelanda, Senegal y Tailandia.

El protocolo establece que las peticiones pueden ser presentadas «por individuos, grupos de individuos o representantes de éstos, bajo la jurisdicción de un estado miembro, que afirmen ser víctimas de la violación de cualquiera de los derechos establecidos en la Convención por parte de dicho estado miembro».

El Comité sólo escuchará peticiones de ciudadanas o grupos de aquellos países que han ratificado el protocolo, y para aquellos que proyectan presentar reclamos, estableció restricciones adicionales.

«Todos los recursos jurídicos nacionales deben haber sido agotados desde la fecha de entrada en vigor del protocolo en el país respectivo», explicó a IPS Jane Connors, secretaria de CEDAW en Nueva York.

Pero «si esos recursos se demoran indebidamente, se puede presentar una solicitud a nuestro Comité», aclaró Charlotte Abaka, presidenta de CEDAW.

Otros tratados internacionales, como las convenciones contra la tortura y la discriminación racial, se parecen al protocolo en el sentido de que ofrecen excepciones «cuando la aplicación de recursos jurídicos nacionales se demora irrazonablemente» o «es improbable que produzcan una solución eficaz».

El Comité es el encargado de decidir si los recursos jurídicos nacionales están o no agotados, explicó Abaka.

El Comité rechazará aquellos reclamos basados en hechos «ocurridos antes de la entrada en vigor del Protocolo Opcional para el estado parte involucrado», a menos que esos hechos continúen después de dicha fecha. Ningún otro tratado de derechos humanos contiene una disposición similar.

Abaka destacó la importancia de la capacidad de las mujeres de presentar reclamos de manera individual, así como mediante grupos u asociaciones en su representación.

«Yo provengo de Africa y sé muy bien que en la mayoría de los países en desarrollo la mayoría de los mujeres son analfabetas, e incluso aquellas que son alfabetas desconocen las leyes nacionales», subrayó Abaka.

Por eso luchamos por lograr que individuos o grupos de individuos pudieran representar a las víctimas, explicó.

A diferencia de la convención, el protocolo no admite ninguna reserva de los estados miembros, pero éstos pueden excluirse de la sección sobre investigación, dijo Connors a IPS.

El protocolo está constituido por dos secciones, una sobre procedimiento de petición y otra sobre procedimiento de investigación, que permite al comité «investigar por sí mismo violaciones graves o sistemáticas de la convención».

Bangladesh, el único país islámico que ratificó el protocolo, decidió ejercer su derecho a excluirse de los procedimientos de investigación.

Sin embargo, si fuera necesario, el comité podría establecer el mecanismo de investigación mediante otras vías, sugirió Connors.

Hasta el momento, el Comité no recibió ningún reclamo, y Connors prevé que el primero llegará dentro de algunos meses. La Asamblea General de las Naciones Unidas aseguró al Comité que obtendrá los recursos necesarios para realizar su trabajo.

Cualquier individuo o asociación que desee presentar una petición al Comité debe ponerse en contacto con la División de las Naciones Unidas para el Progreso de la Mujer, en Nueva York, por el teléfono 212-963-1226, o por carta, dirigida a 2 UN Plaza, Room DC2-1250, Nueva York, NY10017, Estados Unidos. (FIN/IPS/tra-en/mjs/da/mlm/hd/01

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