DESARROLLO-CUBA: Consumidores sin ley que los defienda

El surgimiento en Cuba de una red comercial sin subsidio estatal y en algunos casos regida por las leyes del mercado acentuó la necesidad de normas que protejan los derechos de los consumidores.

Hasta ahora, el único amparo legal en esta materia se ubica en el capítulo octavo del Código Penal, que establece condenas de privación de libertad o multas para algunas infracciones.

Algunos expertos afirman que no hace falta legislar, sino enseñar a los consumidores cómo defender sus derechos, reconocidos por la Organización de Naciones Unidas (ONU) en 1985.

«Nos acostumbramos a aceptar sin mayor discusión lo que nos venden en la bodega, y en la nueva situación no siempre sabemos qué hacer», comentó Juan Díaz, de 50 años.

Hasta la década del 80, sólo existía un rígido sistema de comercialización «por libreta» (cartilla de racionamiento), que no dejaba otra posibilidad que la alternativa «lo tomas o lo dejas».

Pero ese sistema coexiste en la actualidad con uno de venta libre, una parte del cual es manejado por el propio Estado y la restante por un pequeño y limitado sector privado, cuyos precios se rigen por la ley de la oferta y la demanda.

Las «tiendas recaudadores de divisas» estatales, abiertas en 1993 cuando portar dólares dejó de ser un delito para los ciudadanos cubanos, dieron posibilidad de elección de productos y sitio de compra, aunque no de precios, igualmente altos en todas partes.

«No sé si hace falta una ley o no, pero al menos ahora puedo escoger el lugar en que compro y hasta reclamar si me atienden mal o por la mala calidad de un producto», dijo María Consuegra, consultada al salir de un establecimiento de la red comercial que acepta moneda extranjera.

Un cartel pegado en la puerta que María cerró al salir informa que en esa tienda funciona el «sistema de protección al consumidor» y que por reclamaciones se debe acudir al «supervisor».

Otro cartel detalla los derechos del cliente y un número teléfonico para «quejas y sugerencias», aunque varios consumidores consultados por IPS alegaron que jamás han logrado comunicarse porque «nadie contesta».

Hasta fines de 1999, en la red comercial de la capital trabajaban unos 95 supervisores encargados de asegurar que los compradores disfruten de atención rápida y cortés, además de obtener su vuelto exacto y el comprobante de pago, entre otros derechos.

Pero el rosario de quejas por maltrato o mala calidad de los productos y servicios reflejado en la prensa estatal parece indicar que la supervisión, que aún no cubre toda la red comercial, resulta insuficiente en las nuevas circunstancias.

Adulteración de precios, artículos electrodomésticos para los cuales no se importó repuestos, calzado que se rompe a la primera caminata, atención deficiente y hasta maltrato figuran entre las quejas más repetidas de personas que cuentan sus cuitas en cartas a la prensa estatal.

Nadie duda de que las soluciones son complejas, pero «habrá que encontrar la vía para que el consumidor no quede indefenso, sin saber qué hacer», alertó el periódico Juventud Rebelde, órgano de la oficialista Unión de Juventudes Comunistas, en un reportaje a toda página.

Sin embargo, el estudio de un posible proyecto de ley parece estar en etapas aún muy preliminares, e incluso se considera improbable una propuesta en tal sentido mientras no mejore la situación del país, que sufre una severa crisis económica desde principios de los años 90.

Elaborar una ley «podría no ser complicado», pero cumplirla sería imposible en las actuales circunstancias pues «para ello se necesita un respaldo económico», comentó un experto. Una normativa de defensa al consumidor, por ejemplo, debería obligar a los comercios a entregar todos los productos envasados.

En agosto de 1999, el gobierno otorgó al Ministerio de Comercio Interior la facultad de establecer y controlar la aplicación de las normas de protección al consumidor en los sectores estatal, cooperativo, privado y mixto que operan en moneda nacional o divisa libremente convertible.

En ese sentido, quedó constituida la Dirección de Protección al Consumidor en ese Ministerio, con la función, entre otras, de crear la base legal de todo el sistema y establecer normas de seguridad y calidad de los servicios y bienes de consumo.

A su vez, la Fundación de la Naturaleza y el Hombre, organización no gubernamental creada en 1994, desarrolla hace cinco años una labor educativa y de orientación desde su sección Medio Ambiente y Consumo.

La ley modelo para América Latina y el Caribe en la materia elaborada por la organización no gubernamental especializada Consumers International (CI) estima que es deber del Estado velar por el cumplimiento de las normas de protección de los derechos del consumidor que amparan al cliente.

Esta organización considera además una obligación del Estado facilitar los medios legales y materiales, además de los recursos necesarios, para la creación y fundación de asociaciones de consumidores dentro de todo el territorio nacional.

CI es la mayor federación mundial de grupos de consumidores, con 230 organizaciones afiliadas en más de un centenar de naciones, y su oficina regional para América Latina y el Caribe está en Santiago.

En Cuba, la creación de una asociación de consumidores requeriría, entre otros muchos requisitos, el aval de una entidad estatal y la autorización del Ministerio de Justicia.

La mayoría de los países latinoamericanos y caribeños disponen de una ley que ampara los derechos del consumidor. (FIN/IPS/pg/mj/if dv/00

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