INFANCIA-PERU: Ley laboral, entre los principios y la necesidad

La ley que fija los 12 años como edad mínima para trabajar en Perú reavivó el debate sobre el empleo infantil, marcado por el conflicto entre los principios morales y la dureza implacable de las necesidades sociales.

El Código de Trabajo Infantil promulgado a comienzos de este mes reabre la discusión entre quienes defienden la posibilidad de que niños y niñas contribuyan con el sustento de sus familias y quienes creen que, por el contrario, la sociedad debe asegurarse de que se dediquen en exclusiva a estudiar.

Para los primeros, el reconocimiento legal de la existencia del trabajo infantil es una condición ineludible para garantizar la seguridad, la salud y el reconocimiento de los derechos fundamentales de los niños y niñas que se ven obligados a ingresar al mercado laboral.

El nuevo Código fija en 12 años la edad mínima legal para trabajar en un país donde, según distintas estimaciones, casi dos millones de menores lo hacen. Pero la Organización Internacional del Trabajo (OIT) recomienda a los países el empleo de menores de 14 años.

La OIT calcula que en el mundo hay 250 millones de niños de cinco a 14 años que han abandonado sus estudios o reducido el tiempo que les dedican para trabajar. Unos 60 millones de ellos son menores de 11 años que realizan tareas peligrosas para su edad.

El director general de la OIT, el chileno Juan Somavía, anunció una campaña internacional para erradicar el trabajo infantil y propuso que los países en desarrollo impongan la edad mínima de 14 años mientras pugnen por alcanzar ese objetivo.

El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) comparte el criterio de la OIT. Su representante en Lima, Ann Lis Svenson, deploró el Código de Trabajo Infantil peruano y expresó su esperanza de que el nuevo Congreso de la República lo reconsidere.

«El Código acentúa y fija la exclusión social de los menores que tienen que trabajar, pues les impide estudiar. Y si estudian y trabajan el mismo tiempo, tendrán una enorme desventaja frente a los niños que solo tienen que estudiar», dijo Svenson.

Pero no todos piensan de ese modo.

Algunas organizaciones de derechos humanos e incluso niños y adolescentes trabajadores manifestaron estar de acuerdo con los parlamentarios que aprobaron la ley.

Herbet Salmavides, ex presidente de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Congreso legislativo, sostuvo que la recomendación de la OIT «es justa y correcta pero inaplicable en Perú»

«En países como Perú, el dilema de los niños de las familias pobres no es trabajar o no trabajar, y a veces ni siquiera estudiar o trabajar, sino comer o no comer. Esa es la dura realidad», dijo, por su parte, Ana Lara, de la filial local de la organización no gubernamental internacional Covenant House.

Nadie consultó a los niños y adolescentes, pero después de promulgado el Código representantes del movimiento de Niños y Adolescentes Trabajadores (NATS) de Perú se declararon satisfechos de que se les reconozca su derecho al trabajo.

El Código crea condiciones para garantizar la protección especial que debe brindar el Estado a los niños y adolescentes trabajadores, según el NATS.

Nadia Montalvan, de 20 años, quien participa en el NATS desde que tenía 10, expresó que la única forma de erradicar el abuso que sufren los niños trabajadores es una ley que reconozca su existencia.

«La existencia de los niños trabajadores no se puede negar. Es algo que sólo podrá cambiar cuando desaparezca la pobreza, pero, mientras tanto, es posible mejorar las condiciones en que realizan su trabajo», dijo Montalvan.

Analí Taype, de 15 años, delegada regional por la sierra central en la dirección del NATS, expresó que «ni siquiera se debería fijar una edad mínima legal, porque hay muchos niños que trabajan desde los ocho años y ellos quedarían desprotegidos por la ley».

Gabriel Rojas, uno de los 10 niños que participan en un proyecto promovido por una organización no gubernamental para la fabricación de muebles metálicos en el barrio popular limeño de San Roque, propuso una reglamentación muy estricta para las condiciones del trabajo infantil.

El nuevo Código prohíbe el trabajo de niños y adolescentes en condiciones de riesgo o falta de salubridad, y obliga a los empleadores a pagarles una remuneración similar a la que perciben los adultos que desarrollen la misma actividad.

La jornada de trabajo de los niños de entre 12 y 14 años debe ser inferior a cuatro horas diarias y a 24 semanales. La jornada de los menores de entre 15 y 17 años no excederá las seis horas diarias ni las 36 horas semanales, y los empleadores deben adjudicarles horarios que les permita concurrir a las escuelas.

La OIT y Unicef han colaborado con el Estado peruano en la investigación de denuncias sobre explotación infantil, en especial en lavaderos de oro de la selva sur oriental, donde niños y adolescentes indígenas trabajan en condiciones de virtual esclavitud.

También han investigado la desprotección y alto riesgo en que trabajan, junto con padres y tutores, niños de seis a 15 años en yacimientos de oro abandonados por su bajo rendimiento, que son explotadas en forma artesanal por ex trabajadores de empresas mineras.

En Lima, la OIT y el estado peruano participan en un proyecto para brindar ayudar económica y técnica a los padres de casi 1.000 niños que trabajaban en la fabricación de ladrillos, a cambio de que se dediquen exclusivamente a estudiar.

Diez niños de entre 12 y 17 años, antes dedicados a pequeños robos callejeros, se graduaron este mes como técnicos en jardinería en la Universidad Nacional Agraria, dentro de un programa promovido por la municipalidad de Lima y organizaciones no gubernamentales. (FIN/IPS/al/mj/lb hd/00

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