La decisión de Brasil de no otorgar en forma automática permisos de importación a 400 productos argentinos parece contradecir el primer laudo emitido por un Tribunal Arbitral del Mercosur, que se refirió hace cinco meses a un problema similar.
Las autoridades brasileñas decidieron el viernes 17 eliminar la concesión automática de licencias (permisos) de importación a una lista de 400 productos provenientes de Argentina, como respuesta a restricciones argentinas a la compra de calzado brasileño.
Los conflictos comerciales entre ambos países, que son los socios principales del Mercado Común del Sur (Mercosur, creado junto a Paraguay y Uruguay en 1991), se han agravado desde que la depreciación de la moneda brasileña, en enero, alteró las relaciones de competitividad en la región.
La resolución de conflictos comerciales entre los países del Mercosur está regulada por los protocolos de Ouro Preto y de Brasilia. Cuando no se logra un acuerdo en negociaciones bilaterales ni con la intervención del órgano ejecutivo del bloque, es posible recurrir a un Tribunal Arbitral, cuyos fallos son inapelables.
No existe un tribunal permanente, sino que en cada ocasión debe integrarse un organismo formado por tres árbitros, uno elegido por cada Estado involucrado en el litigio, y el restante (presidente del tribunal) de un tercer país, designado de común acuerdo por los dos primeros.
El 28 de abril se produjo el primer fallo de un Tribunal Arbitral del Mercosur, en relación con un conflicto entre Argentina y Brasil sobre el régimen de licencias de importación brasileñas.
Buenos Aires alegó que ese régimen establecía barreras no arancelarias a la circulación de mercaderías dentro del Mercosur, en violación de los compromisos asumidos en el Tratado de Asunción, y pidió que se obligara a Brasil a eximir del requisito de licencia a sus importaciones provenientes del bloque.
El tribunal, presidido por el abogado uruguayo Juan Carlos Blanco e integrado también por los abogados Guillermo Michelson, designado por Argentina, y Joao Grandino Rodas, designado por Brasil, respaldó por unanimidad la posición argentina.
El fallo, cuyo texto completo no fue hecho público hasta este momento y al cual accedió IPS, ordenó a Brasil ajustar su régimen de licencias de importación a las normas del Mercosur, y le dio plazo para hacerlo hasta el 31 de diciembre.
Si Brasil no cumple lo dispuesto, Argentina podrá adoptar "medidas compensatorias temporarias, tales como la suspensión de concesiones u otras equivalentes, tendientes a obtener su cumplimiento".
Los integrantes del Tribunal Arbitral señalaron que el régimen de licencias automáticas de importación sólo será compatible con los acuerdos del Mercosur si esas licencias se otorgan sin condicionamientos, y se limitan a un registro que no implique la demora de los trámites.
De acuerdo con la normativa del Mercosur, sólo es aceptable aplicar un régimen de licencias no automáticas por las "razones y fines" que se establecieron en el artículo 50 del tratado constitutivo de la Asociación Latinoamericana de Integración, añadieron.
Las razones señaladas en ese artículo son, entre otras, las que involucren cuestiones de moralidad pública, seguridad o protección del patrimonio artístico, así como las vinculadas con precauciones en relación con materiales nucleares.
El fallo subrayó que los tratados deben cumplirse de buena fe, de acuerdo con los fines y objetivos de las normas convencionalmente acordadas, y destacó que no deben adoptarse medidas unilaterales que se aparten de los principios y normas del Mercosur.
James Whitelaw, secretario general de la Corte de Arbitraje Internacional para el Mercosur, señaló a IPS la "importancia" del fallo, que en su opinión demostró que "los aribtrajes son el camino imparcial adecuado para solucionar este tipo de conflictos".
La Corte de Arbitraje, creada en 1996, es una institución privada financiada por el Banco Interamericano de Desarrollo, que está considerando diversos litigios entre empresas del Mercosur, así como entre empresas y Estados del bloque, relacionados con contratos de distribución, seguros y construcción, entre otros.
El proyecto de construcción de un puente sobre el Río de la Plata, entre Argentina y Uruguay, que tendría casi 50 kilómetros y sería el más largo del mundo, "seguramente será una fuente de conflictos" que deberán resolverse mediante arbitrajes, pronosticó Whitelaw.
Los litigios vinculados con la construcción del aeropuerto internacional de Hong Kong y de la ferrovía de alta velocidad en el túnel bajo el Canal de la Mancha se solucionaron mediante arbitrajes similares, indicó.
Antes de convocar a un Tribunal Arbitral del Mercosur, los Estados involucrados en un litigio deben agotar la posibilidad de un acuerdo mediante negociaciones directas durante 15 días.
Si no se logra un entendimiento por esa vía, puede intervenir el Grupo Mercado Común, órgano ejecutivo del Mercosur, integrado por cuatro miembros titulares y cuatro alternos por cada país, con representación obligatoria de las cancillerías, los ministerios de Economía y los bancos centrales.
La convocatoria de un Tribunal Arbitral sólo está habilitada una vez que se hayan agotado esos procedimientos. El tribunal debe expedirse por escrito en un plazo de 60 días, prorrogables por un máximo de 30 días, a partir de la designación de su presidente.
Los fallos son inapelables y obligatorios para los Estados involucrados en la controversia, y tienen fuerza de cosa juzgada. (FIN/IPS/rr/mp/ip if/99)