Un fallo judicial confirmó en Argentina la prisión de ex jefes de las Fuerzas Armadas por sustracción de menores durante la última dictadura militar y sentó un precedente al afirmar que los delitos contra la humanidad no prescriben.
La presidenta de Abuelas de Plaza de Mayo, Estela Carloto, dijo a IPS que el fallo de la Cámara Federal, que rechazó los recursos de la defensa, es "muy favorable" pues sienta jurisprudencia en materia de derechos humanos.
Tras 20 años de reunir pruebas, las abuelas consiguieron que la justicia devuelva a prisión a ex jefes militares y oficiales de menor rango que habían obtenido el indulto presidencial en 1990, luego de ser condenados por graves violaciones de los derechos humanos.
La dirigente humanitaria considera que, por esta vía, podrían ser procesados otros militares que aún no fueron citados.
El juicio a los dictadores -condenados por la desaparición sistemática de al menos 10.000 personas durante la última dictadura militar (1976-83)- no incluyó el delito de secuestro de menores, robo de identidad y falsificación de documentos, porque en aquel momento no había pruebas de la magnitud de este delito.
Las leyes de amnistía, que habían servido para garantizar la impunidad a miles de oficiales y suboficiales subordinados, no contemplaron en el perdón el delito cometido con menores, por lo que ni estas leyes ni el indulto son obstáculo para el juzgamiento.
La Cámara Federal consideró que no hubo cosa juzgada, como pretendía la defensa, ni tampoco prescripción, ya que el delito es de la magnitud de genocidio. También reconoció que el delito se sigue perpetrando mientras los menores no aparecen.
Las Abuelas de Plaza de Mayo se organizaron en 1977 para buscar a alrededor de 500 menores secuestrados junto a sus padres o nacidos en cautiverio. Desde entonces, devolvieron su identidad a 55 niños, muchos de los cuales viven con sus abuelos.
Denunciaron nuevamente a los ex comandantes indultados en 1995 por este delito, presentando pruebas de la existencia de maternidades clandestinas y planteando una gran cantidad de casos de menores apropiados por los secuestradores de sus padres.
Con el fallo de la Cámara Federal se confirmó la prisión del ex general Jorge Videla -detenido en junio de 1998- y del ex almirante Emilio Massera, capturado unos meses después. Ambos cumplen la detención en sus respectivos domicilios, por ser mayores de 70 años.
Respecto de otros seis detenidos, la Cámara Federal anuló los procesamientos de los ex dictadores Reynaldo Bignone, Cristino Nicolaides, Rubén Franco, del ex vicealmirante Antonio Vañek, el ex capitán Jorge Acosta y el prefecto Héctor Febres.
Con la posición adoptada por la Cámara, el proceso podría seguir adelante con la citación de otros militares que no estarían libre de culpa, como es el caso de los ex generales Leopoldo Galtieri y Guillermo Suárez Mason.
Pero esta anulación no implica la excarcelación. El juez federal Antonio Bagnasco deberá citarlos nuevamente para ampliar la indagatoria, ya que la Cámara de apelación consideró que la orden de prisión no está basada en casos concretos sino generales.
Carloto afirmó precisamente que el proceso iniciado por Bagnasco en busca de los responsables del secuestro y robo de identidad de 194 menores intenta ser una causa en la que se condene un delito "sistemático", que se prueba por la acumulación de casos.
De ahí que el juez no se explayó en casos particulares sino en la existencia de maternidades clandestinas que operaban en centros de detención clandestinos o en hospitales militares, y en testimonios de médicos y enfermeros militares que reconocieron los hechos.
Las declaraciones de los testigos citados por Bagnasco indicaron que había un método por el cual las prisioneras ilegales del régimen eran mantenidas con vida hasta después del parto. Entonces, los recién nacidos eran separados de sus madres.
En cambio, Videla y Massera habían sido procesados en causas parecidas por otros dos jueces federales, y la citación había respondido a casos concretos de menores, la mayoría de los cuales están vivos y ya son mayores de 21 años.
La Cámara Federal también rechazó el pedido de la defensa para que los delitos sean juzgados por un tribunal militar, ya que la Convención sobre Desaparición Forzada de Personas prohibe trasladar ese tipo de delitos al ámbito castrense. (FIN/IPS/mv/ag/hd-ip/99