/BOLETIN-DD.HH/

Un fallo sin precedentes de la justicia penal uruguaya, que absolvió a una mujer que mató de cinco balazos a su esposo porque le había propinado reiterados castigos, se constituyó en un hito jurídico en este país.

El juez Luis Charles rechazó un pedido de condena de 10 años para la mujer formulado por la fiscal Cristina González y absolvió a la homicida porque horas antes del crimen había sido sometida a múltiples castigos, según el fallo al que accedió IPS.

La sentencia del magistrado, que pese al pedido de condena inicial por homicidio especialmente agravado no fue apelada por la fiscal, se basó en el "estado de necesidad" que prevé el artículo 27 del Código Penal.

Esa norma establece la impunidad para la persona que ocasione un daño igual al que pueda recibir.

Según Charles, quedó plenamente probado que el día anterior al homicidio el hombre había golpeado a la mujer en forma violenta, tal como lo había hecho reiteradamente desde hacía dos años.

Cinco horas después del último castigo, mientras el hombre permanecía en la cama, la mujer, de 20 años, tomó un revólver, lo envolvió en sus ropas y, acercándose al lecho disparó cinco veces sobre su esposo.

El juez describió al muerto como una persona que consumía drogas en forma habitual, que no trababaja y que impedía que lo hiciera su esposa.

La mujer "se hallaba amenazada por un mal real, inminente e inevitable por otra vía, soportando una situación angustiosa, pues se trata de una persona muy joven, con dos hijos menores", señaló el fallo.

El magistrado agregó que la homicida había sido "violentada física y psíquicamente, degradada como persona humana, con un riesgo inminente para su vida".

Hizo notar que el muerto "era temido aún por su parientes más cercanos" y que la mujer no tuvo "otro medio factible ni menos grave de evitar el daño propio" que darle muerte.

Charles destacó en la sentencia que el hermano del muerto declaró que éste "tuvo cinco novias, que lo dejaron porque siempre les pegaba (…) Hoy, si me preguntan si estoy contento con lo que pasó, digo que sí".

También transcribió declaraciones de la madre del fallecido, quien indicó que "demasiado aguantó esta muchacha, tiene el cuerpo totalmente golpeado (y su hijo) parece que fuera un psicópata. No tengo nada de rencor hacia ella, al contrario, con sus dos hijitas era muy buena madre".

El fallo judicial, para definir la absolución, dejó en claro que la mujer no tenía familia ni amigos a los cuales acudir en busca de ayuda.

Indicó que el año pasado, cuando la mujer había acudido a la justicia en busca de ayuda, una jueza no había atendido su denuncia.

Aunque discutible desde el punto de vista jurídico, la sentencia constituyó una reivindicación insual para la mujer castigada, que desde 1995 cuanta como protección con una ley que se incorporó al Código Penal y que castiga la "violencia doméstica".

Desde entonces, las tres cuartas partes de los casos en los que intervino la justicia por agresiones a la mujer corresponden a hombres que fueron pareja de las denunciantes.

El resto fueron ex parejas, novias o familiares, según datos del Instituto Técnico Forense (ITF) del Poder Judicial.

También se han registrado agresiones de mujeres a hombres, pero en todos los casos las mujeres respondieron a agresiones previas del agredido.

La nueva norma produjo un impacto favorable para la situación de las mujeres castigadas pese a la lenta incorporación de la legislación a los hábitos de los ciudadanos, de la policía y de los operadores del sistema judicial.

Sin embargo, algunos especialistas consideran contraproducente que la ley prevea la intervención de oficio del Estado en casos de violencia doméstica, aun cuando no medie denuncia de la afectada.

La profesora de Derecho Penal de la estatal Universidad de la República Beatriz Scapusio dijo a IPS que en esos casos la intervención del sistema penal "no resuelve nada' y que por el contrario, en algunas situaciones "puede agravar la situación".

Cuando la justicia interviene de oficio, se prueba la violencia doméstica y el individuo es procesado sin prisión por ser primario y no tener antecedentes, "regresa a su casa con una agresividad mayor que la anterior", dijo Scapusio. (FIN/IPS/rr/dg/hd-pr/99

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