/BOLETIN-DD HH/ VENEZUELA: Derecho a existir legalmente, una deuda con los niños

La existencia legal es un derecho negado a más de 400.000 niños y niñas de Venezuela, donde un proyecto de reglamento busca superar el cóctel de burocracia, xenofobia, instrumentación política e inhumanidad que los convierte en apátridas de facto.

De los 40 millones de niños sin documentos que existen en el planeta según el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, uno por ciento son venezolanos, pese a que los 23 millones de habitantes del país suman una proporción muy inferior de los casi 6.000 millones de población mundial.

El reglamento fue corredactado por organizaciones sociales e instituciones del gobierno y busca rescatar uno de los derechos humanos fundamentales: el de tener un nombre y una nacionalidad, dijo Nancy Montero, presidenta del oficial Instituto Nacional de Atención al Menor (INAM).

La iniciativa fue reforzada a fines de agosto por una contundente sentencia de la Corte Suprema de Justicia a favor de dos hermanos nacidos en 1992 y 1993 en el estado de Táchira, fronterizo con Colombia, a los que se negó la inscripción en el registro civil por ser su madre una colombiana indocumentada.

Así mismo, Miguel Angel, un niño blanco y pecoso de cinco años de clase media que no responde a ninguno de los estereotipos de las víctimas del problema, no existe legalmente porque tanto él como su madre se enfermaron a su nacimiento y nadie pudo inscribirlo en el plazo máximo de 20 días que marca la ley.

Por ello, su madre, Ana Mercedes Salazar, tuvo que iniciar un juicio por inscripción tardía que terminó por perderse en los tribunales y mantiene al niño sin sus derechos y a la madre atrapada en el laberinto de los engorrosos trámites establecidos.

La falta de partida de nacimiento impide a los afectados toda una cadena de derechos, que les fuerza a la marginalidad, comentó a IPS Yolanda Castrillo, coordinadora de la Defensoría de los Derechos Humanos del Centro Comunitario de Aprendizaje (Cecodap).

Entre los derechos vedados están el del nombre, el reconocimiento de los padres, la asistencia sanitaria, la educación, la formación de una familia legal, la ejecución de cualquier actividad que requiera documentos y hasta una religión.

"Hay familias con tres y más generaciones indocumentadas y ese circulo vicioso hay que romperlo porque se están violando derechos esenciales consagrados en la Constitución, en leyes nacionales y en convenios internacionales", explicó Castrillo.

El reglamento sería aprobado en breve por el gobierno y elimina plazos para el registro, destina delegados de los jefes civiles a los hospitales, fija operativos para superar el colapso actual y permite que la madre sin documentos presente a su hijo con tan sólo una demostración de que vive en el país.

Un estudio determinó que en 1996 los niños indocumentados sobrepasaban los 407.000 y que 97 por ciento de ellos eran hijos de venezolanos, detalló la presidenta del INAM al entregar al presidente Rafael Caldera el proyecto, junto con organizaciones no gubernamentales como Cecodap.

La creencia impuesta hasta ahora era que una cantidad importante de niños sin identidad son hijos de inmigrantes ingresados ilegalmente al país y no de venezolanos.

Ese cliché se reforzó con lo que sucedió en 1992 con un decreto del entonces presidente Carlos Andrés Pérez, emitido un año antes con el objetivo de reafirmar la nacionalidad venezolana de todos los nacidos en el país y eliminar la dicriminación a la hora del registro de los hijos de extranjeros indocumentados.

El decreto 1.911 exoneraba a los inmigrantes de la obligación de presentar visa de ingreso legal para poder registrar a sus hijos y fue promulgado para dar cumplimiento al artículo 35 de la Carta Magna, que fija que son venezolanos por nacimiento "los nacidos en el territorio de la República".

También buscaba cumplir con varios instrumentos legales internacionales ratificados por Venezuela, como la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, que garantiza a cada nuevo nacido el registro inmediato y el derecho a un nombre, una nacionalidad y el conocimiento de sus padres.

El entonces fiscal general, Ramón Escovar, impulsó una feroz campaña contra aquel decreto, como parte del "acoso y derribo" de Pérez, cuyo mandato concluyó ocho meses antes del fin de su perido bajo cargos de corrupción promovidos por Escovar.

La xenofobia contra los inmigrantes de Colombia, de donde proceden el mayor número de los llegados por los "caminos verdes", fue utilizada por Escovar -después ministro y embajador del gobierno de Caldera- para lograr que el presidente interino Ramón Velasquez anulara el decreto a fines de 1993.

El primer frente contra las irregularidades del registro infantil tras la polémica anulación provino de la Iglesia Católica de Táchira, que criticó "la exacerbación del nacionalismo con fines políticos" y alertó que muchos niños habían quedado sin derecho a la educación y el bautismo.

La Fiscalia, paradójicamente garante de la legalidad en el país, giró a partir de 1992 instructivos para que los hospitales y registros civiles rechazaran las solicitudes de certificación del nacimiento de niños de padres extranjeros sin visado legal.

El abogado Angel Marrero, también del estado de Táchira, se convirtió en el abanderado de la solución jurídica al trato discriminatorio contra los niños, con el recurso ante la Corte introducido en 1995 y una acción en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, aún sin definición.

Marrero indicó que el problema es agravado por un sistema de registro civil anacrónico que en buena parte no ha variado desde 1873, mientras la desidia lleva a que, por ejemplo, en la mayor maternidad del país sólo se entreguen 50 documentos de nacimiento al día, aunque los alumbramientos sean muchos más.

La reciente sentencia de la Corte dió un varapalo a la Fiscalia, a la que recordó que su papel es que las leyes se cumplan y no lo contrario, y condenó implícitamente la anulación del decreto 1.911, al afirmar que la negativa del certificado a los dos niños violó derechos fundamentales y la Constitución.

La tajante orden del máximo tribunal de que se inscriba de inmediato a los dos demandantes "sienta una jurisprudencia muy valiosa en favor de todos los que diferentes irregularidades han dejado sin identidad y otros derechos", señaló Castrillo. (FIN/IPS/eg/ff/hd/98

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