La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) decidió publicar un dictamen contra el Estado de México por la falta de investigación y sanción de los responsables de dos ejecuciones extrajudiciales en 1995.
La CIDH sesionó a lo largo de la semana en Venezuela y el único caso en que emitió una sanción de condena internacional fue el de Rolando Hérnandez, uno de los dos muertos, baleado por policias y aparentes bandas de pistoleros.
La Comisión admitió nueve nuevos casos para ser investigados, tres de México, dos de Trinidad y Tobago y uno de Argentina, Bahamas, Chile y Perú.
Además, demandó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos que suspenda la ejecución de cinco personas condenadas a muerte en Trinidad y Tobago hasta que la CIDH determine si son ciertas las denuncias de falta de garantias procesales en sus juicios.
Durante sus sesiones los miembros de la CIDH también establecieron las atribuciones del nuevo relator especial sobre la libertad de expresión, cuya designación recibió el respaldo de los 34 gobernantes que participaron en abril en la II Cumbre de las Américas en Santiago.
La CIDH alertó que la policía es la que más viola los derechos humanos en la actualidad en América y que "resulta impresionante" la impunidad de la que goza, no por política de los Estados del continente, pero sí por "una tolerancia responsable" de los poderes democráticos.
El informe contra el Estado mexicano se produce después de que el gobierno de Ernesto Zedillo no respondió el informe privado sobre el caso que en dos ocasiones le fue enviado por la CIDH, ni tomó en cuenta sus demandas de investigación y reparación moral y monetaria.
La CIDH, según lo resuelto el viernes, dará a conocer todo el informe contra el Estado mexicano en los próximos días y lo incorporará al informe que presentará a la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA), que se realizará en Caracas en junio.
El jurista venezolano Carlos Ayala, presidente de la CIDH y relator del caso, precisó en rueda de prensa que se trata de "una condena de responsabilidad internacional por no adoptar las obligaciones de investigar y sancionar a los responsables".
México es uno de los tres países miembros de la OEA que ha ratificado la Convención de Derechos Humanos de la organización pero que no ha asignado hasta ahora competencia a la Corte para juzgar casos internos.
Por ello, la CIDH no pasó el caso a la Corte, pero Ayala recordó que el dictamen obliga a México, según la Convención, porque en ella ese país asumió libremente el acatamiento de los dictámenes de la instancia internacional.
La ministra mexicana de Relaciones Exteriores, Rosario Green, dijo en abril que su país ratificará en breve la competencia de la Corte.
La Corte, con sede en Costa Rica, emite sentencias penales mientras la Comisión, que opera en Washington, solo establece dictámenes.
Ayala precisó que se determinó que, ante denuncias de las ejecuciones extrajudiciales por elementos policiales, el Estado no investigó, ni lo hizo tampoco cuando la CIDH se lo demandó.
Según los procedimientos para sus decisiones, la CIDH actuó ante una demanda presentada por una organización humanitaria, en apoyo a familiares de Hernández.
Primero envió el resultado de su investigación al gobierno mexicano y, pasados tres meses, sin acogerse sus planteamientos, hizo un segundo envío conjunto a los demandados y los demandantes. El gobierno de México no respondió, por lo que la decisión de la CIDH quedó firme.
Entre otros puntos debatidos por la CIDH en Caracas se destacaron la preparación del informe sobre la visita investigadora que se realizó a Colombia y las dos que se harán este año a Guatemala y Perú, siempre por invitación de los respectivos gobiernos.
Dentro de los casos admitidos, la Comisión destacó la denuncia por violación de garantías jurídicas de los miembros de la anterior Corte Suprema de Perú que fueron reemplazados cuando rechazaron la posibilidad de segunda reelección del presidente Alberto Fujimori.
Ayala explicó que 70 por ciento de las denuncias que llegan a la CIDH son por atentados al derecho a la vida, la libertad y la integridad de las personas, pero que ya comienzan a recibirse casos por violaciones más propias de estados de Derecho. (FIN/IPS/eg/mj/hd/98