La Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec) presentó un pliego de reclamos de los consumidores al presidente Alberto Fujimori.
Su queja central está dirigida hacia dos compañías de telecomunicaciones, Telefónica del Perú y Sedapal, y a las empresas de electricidad Edelnor y Edelsur.
El documento insta a los legisladores y el Poder Judicial a "generar los mecanismos judiciales que faciliten la solución de los problemas que aquejan a esa masa ingente y anónima de intereses difusos que son los consumidores".
También demanda varias medidas para favorecer a los consumidores, especialmente en materia de servicio telefónico.
Los consumidores exigen la eliminación del cargo inicial por llamada, que fue dispuesto el 1 de este mes por el Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) y que es independiente de la duración de la comunicación telefónica.
"Si alguien habla un minuto, que pague por un minuto y no por dos, como sucede ahora gracias a la nueva tarifa", reclamó Aspec.
La organización también pidió el acortamiento del plazo para la resolución de los reclamos. "Es inadmisible que éste se haya fijado en 40 días útiles para la primera instancia más otros dos meses para la segunda instancia y otro tanto para la tercera, en total seis meses", se señaló.
Así mismo, Aspec demanda en su pliego que el pago por servicio no utilizado sea eliminado, porque si se produce un corte por causas no imputables al usuario, éste de todas maneras debe pagar la "renta básica" por los días que no haya tenido servicio, según cláusulas de contratación.
Agrega que el medidor telefónico domiciliario debe ser "institucionalizado", porque "la facturación basada en lo que dice el proveedor o, lo que es lo mismo, en un sistema manejado exclusivamente por él, es absolutamente desventajoso para el usuario, ya que éste sólo puede tener control sobre el aparato telefónico pero no sobre toda la línea".
Las empresas eléctricas tampoco están ausentes de la crítica de la organización de consumidores, que cuestiona que "para apelar una decisión de la empresa eléctrica, que actúa como primera instancia y acudir al Osiptel, el usuario tiene que pagar una tasa a todas luces injusta y onerosa".
Aspec también recuerda que "la ley de Concesiones Eléctricas señala que las inversiones que hacen los pobladores para la electrificación de sus pueblos deberán ser reembolsadas por las concesionarias, ya que esas obras luego pasan a ser propiedad de éstas".
Sin embargo, "Luz del Sur y Edelnor se niegan a devolver íntegramente esas inversiones y apenas reconocen un veinticinco o un treinta por ciento, lo cual es ilegal", agrega el Pliego de Reclamos.
Aspec realizó en vísperas del Día Mundial de los Derechos del Consumidor, celebrado el 15 de este mes, un curso de capacitación en atención de reclamos de servicios públicos, con participación de organismos gubernamentales de defensa del consumidor y de regulación, de Osiptel y de representantes de empresas de telecomunicaciones. (FIN/Consumers International-IPS/98)