/DERECHOS HUMANOS/ESPAÑA: Reafirman juicio contra militares argentinos

Los militares argentinos procesados por el juez español Baltasar Garzón continúan cometiendo delitos, por lo que no pueden ampararse en indultos ni leyes que los hayan exculpado.

Fuentes próximas al juez Garzón señalan que el delito de secuestro, como se tipifica a la desaparición forzada de personas, no sólo no prescribe sino que se continúa cometiendo mientras la persona secuestrada no aparezca. O no aparezca su cadáver.

Ese es el principal argumento que se levanta contra un informe del fiscal general del Estado, Jesús Cardenal, publicado este miércoles, favorable a archivar la investigación sobre los españoles desaparecidos, asesinados y torturados durante la última dictadura argentina (1976-83).

Cardenal propone que la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional resuelva pronto sobre la competencia o no de Garzón para continuar instruyendo el sumario.

Si la decisión fuese positiva para que los fiscales contribuyan a ella, y si fuera negativa para evitar una larga investigación que finalmente sería declarada inválida.

El abogado argentino Carlos Slepoy, parte en el juicio, dijo a IPS que además de la continuidad del delito hay otros elementos que sustentan la competencia de la justicia española.

Cardenal dice que la vigente ley orgánica del poder judicial, al haber sido promulgada en 1985, no permite juzgar delitos de terrorismo de estado anteriores a esa fecha.

Fuentes de la Audiencia Nacional, en la que está radicado el proceso, señalan que esa ley trata sobre procedimientos y no sobre el hecho sustantivo, es decir sobre la calificación y pena de los delitos.

Además, existe la constancia de que hay miles de personas que fueron secuestradas y continúan desaparecidas, por lo que el delito se sigue perpetrando en la actualidad.

Slepoy recuerda también que España ha suscrito pactos y acuerdos internacionales que reconocen la internacionalidad de determinados delitos, como los de genocidio, terrorismo y torturas.

Sin ir más lejos, se recuerda que en noviembre de 1997 el Comité contra la Tortura de laS Naciones Unidas, reunido en Ginebra, reconoció la competencia de la justicia española para entender en los casos de torturas contra españoles cometidos en Chile (1973-89) y Argentina (1976-83).

En el informe de Cardenal se señala también que es difícil hablar de terrorismo cuando "se trata de una organización nacida en el seno del propio Estado y que utiliza la estructura del Ejército".

El fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Eduardo Fungairiño, presentó en diciembre un informe en el que afirma que "las Juntas Militares no pretendían sino la sustitución temporal del orden constitucional establecido".

Ambas afirmaciones son rechazadas por la Asociación Pro Derechos Humanos, la Unión Progresista de Fiscales y otras instituciones españolas. En el mismo documento Fungairiño admite que lo ocurrido bajo las dictaduras de Chile y Argentina fue "un aniquilamiento sistemático de sectores de población".

En esa admisión, señala Slepoy, queda claro que se trataba de actos de terrorismo realizados desde el aparato del Estado y que, por lo tanto, caben ser calificados como "terrorismo de Estado".

En los próximos días la Sala Penal de la Audiencia Nacional deberá resolver sobre el caso argentino, porque en relación a Chile existe consenso de que la justicia española es competente.

Si la Sala decidiese que la justicia española es competente, en pocas semanas Garzón podría dar por finalizada la instrucción.

Si dictaminase lo contrario, los abogados que representan a los damnificados apelarán. Y están dispuestos a seguir apelando hasta llegar al Tribunal de Derechos Humanos de la Unión Europea.

Pero, subrayan, confían en que la Sala Penal se atendrá al espíritu y la letra de las leyes, que indican que los crímenes de desaparición forzada de personas, genocidio y torturas deben ser juzgados. (FIN/IPS/td/dg/ip-hd/98)

Archivado en:

Compartir

Facebook
Twitter
LinkedIn

Este informe incluye imágenes de calidad que pueden ser bajadas e impresas. Copyright IPS, estas imágenes sólo pueden ser impresas junto con este informe