/DERECHOS HUMANOS/GUATEMALA: Suspenden primera ejecución por inyección letal

Tras un amparo presentado por la defensa, un tribunal de Guatemala decidió suspender la primera ejecución por inyección letal programada para este viernes.

Rubén de la Rosa, defensor público encargado de la representación del condenado, Manuel Martínez Coronado, acusado de asesinar a siete integrantes de una familia, argumentó que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) aún se encuentra pendiente de conocer una denuncia interpuesta a favor del reo.

Los asesinatos ocurrieron el 17 de mayo de 1995, cuando Martínez Coronado ingresó a una humilde vivienda ubicada en la aldea El Palmar, en el oriental departamento de Chiquimula, y con arma de fuego dio muerte a siete integrantes de la familia Arias Miguel.

El menor Jaime Arias Miguel logró salvarse huyendo del lugar, y fue quien posteriormente declaró en su contra en un juicio oral.

En el hecho fallecieron cinco menores y los padres, Rosa Miguel y Juan Arias.

El móvil de la masacre habría sido una disputa de tierras, aunque la defensa sostiene que si Martínez no hubiera actuado la víctima ahora sería él, pues estaba amenazado.

Tras el juicio, el reo fue condenado a la pena de muerte después que la Corte Suprema de Justicia le denegara recursos ordinarios y extraordinarios, como el indulto presidencial y la revisión.

Martínez Coronado es el primer condenado a muerte en juicio oral y sería el primero en inaugurar el flamante módulo letal que servirá para efectuar las sentencias de muerte.

La inyección fue adoptada como método para ejecutar la pena de muerte tras la ejecución por fusilamiento de los reos Roberto Girón y Pedro Castillo el 13 de diciembre de 1996.

Las imágenes de esa ejecuicón dieron la vuelta al mundo y causaron una intensa polémica.

El tema de la pena de muerte es objeto de intensos debates, encontrando la oposición de grupos defensores de derechos humanos pero el apoyo de la mayoría de la población y del gobierno, que ven en ella un disuasivo para la ola de violencia, crímenes, secuestros y otros delitos.

También se desató unaa polémica en torno a quién debe ser la persona que oprima el botón que dé muerte al reo.

El Colegio de Médicos se negó rotundamente a que fuese un profesional de la medicina quien lo hiciese ya que el juramento hipocrático se lo prohibiría. De igual forma se pronunció la entidad que nuclea a las enfermeras profesionales .

El juez primero de Ejecución Penal, Juan Godínez, constató que todo se encuentra listo para la ejecución en el momento en que se determine.

El funcionario explicó que ya fueron escogidas cuatro personas, de las cuales tres estarán presentes a la hora de dar la orden para la aplicación de la inyección letal.

Una de ellas, sin saberlo, será la que inyecte la sustancia que contiene los tres químicos que terminará con la vida del reo y que se encuentra en una de las tres bombas de infusion.

Mientras se tramitaba el amparo provisional a favor del condenado, la CIDH, con sede en Washington, solicitó del Estado dictar medidas cautelares, lo que implica la petición para suspender la ejecución del reo mientras examina el caso donde se denuncian violaciones.

Esta es la segunda ocasión en que la CIDH solicita estas medidas, pues también lo hizo respecto a las personas finalmente ejecutadas en 1996.

El juez Godínez aseguró que la acción de la defensa es una medida dilatoria que en nada modifica la sentencia establecida.

"Considero que la ejecución se podría aplazar de 20 a 30 días. Pero no se detendrá", dijo.

Rubén Higueros, de la sala Cuarta de la Corte de Apelaciones que otorgó el amparo, explicó que cuando se trata de pena de muerte el amparo provisional debe concederse, ya que es la vida la que está en juego.

"Examinaremos si se ha cumplido con el debido proceso, pues el defensor alega que el juez no debió fijar día y hora para la ejecución mientras está pendiente una denuncia ante la CIDH", dijo Higueros

Para Marta Altolaguirre, presidenta de la estatal Comisión Presidencial de los Derechos Humanos, la CIDH es una entidad administrativa no vinculante, a diferencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, órgano cuyas resoluciones los estados deben acatar.

"El Estado firma de buena fe los tratados internacionales y debe acatarlos, pero en el caso de las medidas cautelares otorgadas por la CIDH es una facultad discrecional", señaló.

La suerte de Martínez Coronado seguirá en suspenso. El juez Godínez dijo que solicitará a las autoridades penitenciarias que el reo sea retirado del módulo letal y trasladado a una celda.

El abogado defensor aseguró que ésta es su última esperanza y que espera demostrar ante la CIDH que se violó el debido proceso y que el menor (el único sobreviviente de la masacre y acusador) no puede ser tomado en cuenta para emitir una condena de muerte contra Coronado.

"Pretendo que se le conmute la pena capital por la de 30 años de prisión, no pido que lo liberen", expresó el abogado. (FIN/IPS/cz/dg/ip-hd/97)

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