Las mujeres embarazadas y que se hallen en los primeros tres meses de lactancia no podrán ser despedidas de su trabajo sin justa causa y sin permiso especial de la autoridad laboral, aún con indemnización, según una sentencia judicial divulgada hoy.
El fallo de la Corte Constitucional señala que si un patrono despide a una trabajadora sin causa justa, está obligado no sólo a pagarle la indemnización prevista en la ley laboral sinop también a reconocerle los salarios posteriores a la cesaccontenida en el Estatuto Laboral con el artículo 53 de la carta política, que consagra la protección especial de la maternidad.
>a ser despedida sin justa causa por el patrono con una indemnización de 60 días de salaruchos empresarios fijan como condición a una mujer para ser empleada que no quede embarazada, indicó.
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