Los partidarios del divorcio en Chile lograron por fin su aprobación legal en primera instancia en la Cámara de Diputados, y ahora prefieren esperar hasta 1998 para asegurar que la ley pase el difícil filtro del Senado.
En la noche de este lunes, y tras cuatro intentos frustrados desde 1990, los diputados aprobaron en su sede de Valparaíso, 120 kilómetros al oeste de Santiago, el proyecto de nueva ley de Matrimonio Civil que introduce el divorcio vincular.
La aceptación de la reforma por 58 votos contra 26 fue calificada de histórica, ya que Chile es el único país de cultura cristiana-occidental en que no existe el divorcio, luego de que en 1996 fuera adoptado en Irlanda a través de un referendum.
La reforma al código matrimonial fue propuesta por diputados de la gobernante coalición de centroizquierda y algunos parlamentarios del sector más liberal de la oposición derechista, demostrando así el carácter "transversal" de este tema.
En el bando de los detractores del divorcio no sólo se alineó la derecha conservadora, sino también un grupo menor de diputados oficialistas cercanos a la Iglesia Católica, de la Democracia Cristiana e incluso del Partido Socialista.
Mientras se efectuaban el debate y la votación en Valparaíso, en Santiago la Conferencia Episcopal instó expresamente a los legisladores a "salvaguardar los valores superiores y supremos" del matrimonio y la familia.
La exhortación eclesiástica tiene amplia acogida entre los 46 miembros del Senado, donde predominan los conservadores y la derecha es mayoría gracias a los ocho senadores designados en enero de 1990 por la dictadura del general Augusto Pinochet.
El grupo de diputados que propicia la ley de divorcio vincular señaló que pedirá al presidente Eduardo Frei su inclusión en el período de legislatura ordinaria de 1998, para que sea debatida y votada por el "nuevo Senado" y no por el actual.
En diciembre próximo habrá elecciones para renovar los 120 escaños de la Cámara de Diputados y 20 de los 38 que son cubiertos en el Senado por votación popular, y en enero serán reemplazados los senadores designados.
Como resultado de todo este proceso, se espera no sólo que la oposición pierda su mayoría en el Senado que se instalará el 11 de marzo, sino que incluso los sectores liberales ganen posiciones en la derecha.
Los "divorcistas" calculan que en la legislatura ordinaria del 21 de mayo al 18 de septiembre del próximo año habrá suficientes votos en el Senado para la aprobación definitiva de la ley de divorcio vincular.
Frei podría hacer uso de sus prerrogativas e incluir el proyecto en el período legislativo extraordinario, del 19 de septiembre al 20 de mayo, donde las cámaras pueden tratar sólo materias propuestas por el Poder Ejecutivo.
Si el divorcio vincular es finalmente aprobado, se tratará de la primera reforma realmente significativa en 113 años a la ley de Matrimonio Civil, que tiene actualmente como único medio de disolución del vínculo conyugal el recurso de la nulidad.
Este procedimiento es calificado de "fraude legal", ya que consiste en "demostrar" ante un juez, generalmente con testigos falsos, que hubo irregularidades de procedimiento en la celebración del matrimonio.
Las nulidades son objetadas no sólo por su carácter espurio y el alto costo de los juicios, que los pone fuera del alcance de los más pobres, sino porque además, los hijos de la pareja anulada pasan a ser "naturales", es decir, nacidos fuera del matrimonio.
El parlamento chileno tramita igualmente reformas a la llamada ley de filiación, para poner término a la discriminación entre hijos "legítimos", "naturales" e "ilegítimos", como se define hoy a los no reconocidos por su padre.
La Iglesia Católica y los políticos conservadores propusieron perfeccionar y ampliar las causales de nulidad, como opción al divorcio, pero sus iniciativas fueron rechazadas por la mayoría de los diputados.
Del mismo modo, la Cámara desechó una propuesta de la derecha que objetaba el carácter irrenunciable del derecho al divorcio y postulaba que las parejas, en el momento de contraer matrimonio, declararan si aceptaban o no la posibilidad futura de disolución del vínculo.
El proyecto finalmente aprobado por la Cámara de Diputados establece un complejo procedimiento, bajo el criterio de salvaguarda de la unidad de la familia, y acepta el divorcio sólo cuando el matrimonio se ha roto "irremediablemente".
Las circunstancias, para esos efectos, deberán ser debidamente acreditadas ante un juez y van desde situaciones de maltrato físico y psicológico hasta conductas censurables de los cónyuges, entre las cuales se incluyen las relaciones homosexuales.
La ley chilena de divorcio vincular no contempla causales aplicadas en otros países, como la separación por mutuo acuerdo o el recurso de la "incompatibilidad de caracteres". (FIN/IPS/ggr/ff/hd-ip/97