El gobierno de Cuba pretende frenar la afluencia desordenada de personas a esta capital con la aplicación de un nuevo decreto que prevé el regreso a sus lugares de origen de los inmigrantes ilegales.
El decreto, aprobado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, contempla multas de hasta 300 pesos cubanos (igual a dólares al cambio oficial y unos 13 dólares en las casas de cambio) y la obligatoriedad de abandonar La Habana.
Las "Regulaciones migratorias internas para la Ciudad de La Habana y sus contravenciones", firmadas el martes pasado, fueron publicadas este sábado por el diario Granma, órgano oficial del Partido Comunista.
A partir de su publicación en La Gaceta Oficial, toda persona que quiera "domiciliarse, residir o convivir" con carácter permanente en La Habana tendrá que tener garantizadas las condiciones de vivienda.
Los migrantes deberán contar con la autorización para residir del propietario o arrendatario que lo acoja y de una dependencia estatal competente en caso de que se trate de zonas especiales o declaradas de "alta significación para el turismo".
En todos los casos se necesitará de un documento de las direcciones municipales de arquitectura y urbanismo que certifique que la vivienda donde pretenden vivir tiene las condiciones mínimas de habitabilidad.
El movimiento podrá hacerse siempre y cuando se garantice una superficie techada habitable no inferior a 10 metros cuadrados para cada habitante del inmueble.
"No se podrá reconocer el domicilio, residencia o convivencia con carácter permanente cuando el inmueble ubicado en Ciudad de La Habana sea inhabitable, esté en zona insalubre o se trate de una vivienda sin las condiciones mínimas adecuadas", según el decreto.
La medida responde al aumento en los últimos años del movimiento de personas hacia la capital de la isla, con el consiguiente incremento de los problemas habitacionales, de empleo, transporte urbano y abastecimiento de agua, electricidad y combustible doméstico.
Cuba tenía 10.979.510 habitantes a fines de 1995, según el Anuario Demográfico, publicado el año pasado por la Oficina Nacional de Estadísticas, de los cuales 2.176.563 vivían en la capital. Ese año llegaron a La Habana 53.206 inmigrantes.
Fuentes oficiales aseguran que en 1990, coincidiendo con el inicio de la crisis económica, el saldo migratorio de La Habana empezó a aumentar al registrar 13.000 personas y se elevó a 16.000 en 1994, 22.000 en 1995 y 27.000 en 1996.
En estas condiciones, el decreto asegura que se hacía necesario garantizar los derechos de las personas que quieran instalarse en La Habana, pero también los de los que "ya tengan legalmente establecida su residencia" en esa ciudad.
Al mismo tiempo, el documento regula los traslados de residencia o permutas dentro de la capital cuando pretendan realizarse hacia los municipios de La Habana Vieja, Centro Habana, Cerro y Diez de Octubre.
Los territorios en cuestión califican entre los más densamente poblados entre los 15 municipios de la provincia Ciudad de La Habana y reúnen la mayor cantidad de problemas en cuanto a las condiciones habitacionales.
Para ir a residir en esas zonas o hacer un cambio entre dos viviendas, los habaneros necesitarán autorización notarial o de la Dirección municipal de la vivienda y se les exigirá las mismas condiciones que debe cumplir un inmigrante desde otra provincia.
Los propietarios que sin cumplir los requisitos legales cambien sus viviendas por otra que se encuentre en esos municipios regulados deberán pagar mil pesos de multa y estarán obligados a retornar de inmediato a su residencia anterior.
El titular de una vivienda que permita que viva en ella alguna persona proveniente de otro territorio de la isla sin realizar los trámites legales enfrentará una multa de 500 pesos, que se elevará a mil en el caso de las cuatro zonas reguladas.
El decreto establece que los organismos de la administración central del Estado reducirán al mínimo imprescindible la estancia temporal o definitiva en La Habana de personas de otras partes del país en funciones vinculadas a los mismos.
El Comité Ejecutivo del Consejo de Munistros facultó al Ministerio del Interior y al Consejo de la Administración Provincial de Ciudad de La Habana a dictar "cuantas disposiciones complementarias consideren necesarias" para el cumplimiento del decreto. (FIN/IPS/da/ag/ip-pr/97