IRAN-EEUU: Corte Internacional podría admitir demanda de Teherán

La Corte Internacional de Justicia, sita en La Haya, decidirá este jueves si asume jurisdicción en el caso de Irán contra Estados Unidos por daños ocasionados en la década pasada por las Fuerzas Armadas estadounidenses a sus plataformas petroleras en la región del Golfo.

Teherán espera que la Corte afirme su jurisdicción y admita la demanda, lo que le permitirá pedir que Estados Unidos sea condenado por la "deliberada destrucción" de bienes iraníes durante los ataques militares que Washington lanzó en 1987 y 1988 sobre instalaciones petroleras de Irán en el Golfo.

Esta instancia fue precedida, en septiembre último, por dos semanas de audiencias en las cuales Estados Unidos objetó la competencia de la Corte para entender en esa demanda de indemnización.

Los hechos objeto de la demanda ocurrieron en la cúspide de la guerra Irán-Iraq (1980-1988).

En caso de que la Corte decida asumir jurisdicción, quedará abierto un procedimiento que podrá tomar dos años antes de que tenga lugar la vista del juicio, en el cual Estados Unidos será efectivamente acusado de cometer actos de guerra contra Irán.

El juicio tendría, por lo menos, la virtud de arrojar alguna luz sobre el oscuro problema que se plantea al medir hasta qué punto se puede justificar una acción armada en circunstancias que no significan una guerra abierta.

Irán alega que Estados Unidos cometió una violación del Derecho Internacional y es responsable por la destrucción de tres conjuntos de plataformas petroleras en el Golfo en el curso de dos incidentes, ocurridos en octubre de 1987 y abril de 1988.

Si la Corte se declara competente en el caso, Estados Unidos argumentará que las plataformas eran utilizadas por las fuerzas militares iraníes para lanzar ataques contra la navegación internacional en el Golfo, incluyendo los barcos estadounidenses.

Existen tres caminos que pueden llevar a la Corte a asumir jurisdicción en este caso.

El primero exige que el caso esté específicamente previsto en un tratado bilateral, donde ambas partes hayan aceptado sin dejar dudas la jurisdicción de la Corte para esa eventualidad.

El segundo supone que ambas partes sean signatarias de un tratado multilateral que reconozca la jurisdicción obligatoria de la Corte en asuntos de esta o de cualquier naturaleza.

El tercer camino es la existencia de un tratado bilateral entre las dos partes en conflicto, que de forma general reconozca la competencia de la Corte en la interpretación del propio tratado.

Teherán escogió este último camino, apoyándose en el Tratado de Amistad Irán-Estados Unidos, firmado en 1955 por el antiguo gobierno del shah Reza II Pahlevi, en el cual ambos Estados se comprometen a mantener "relaciones pacíficas y amistosas" y asegurar la libertad de comercio y navegación.

Ese tratado también estipula que si la interpretación del instrumento bilateral no puede ser acordada amistosamente por la vía diplomática, cualquiera de las dos partes podrá acudir a la Corte Internacional de Justicia.

Irán alega que Estados Unidos violó el Tratado de Amistad y se apoya en la mencionada estipulación para recurrir ante La Haya en demanda de indemnización.

Estados Unidos, al oponerse a la competencia de la Corte en el caso, sostiene que el tratado de 1955 se refiere a asuntos comerciales y consulares, y no tiene nada que ver con el uso de la fuerza.

A partir de las audiencias celebradas en septiembre, los jueces que integran la Corte deliberaron a puertas cerradas a fin de formar un criterio que les permita decidir si pueden declarar su competencia para entender en este caso.

Si fuera declarada la competencia del tribunal y admitida la demanda, la Corte pediría a las partes que presenten sus escritos sobre el fondo de la cuestión.

Se entiende que Estados Unidos alegará legítima defensa, con apoyo en la Carta de las Naciones Unidas, recordando incidentes en que buques militares y comerciales bajo bandera estadounidense fueron afectados por minas o misiles iraníes en aguas del Golfo.

"Sin duda, esas cuestiones serán duramente debatidas cuando llegue el día de litigar sobre el mérito de la demanda, pero aún no nos encontramos en esa etapa", comentó a IPS una fuente cercana a este caso.

La presentación de escritos insumirá por lo menos un año, y la celebración de audiencias públicas no tendría lugar antes de dos años, aproximadamente. (FIN/IPS/tra-en/mom/rj/arl/ip/96

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