La experiencia recomienda que en la investigación de crímenes de guerra como los cometidos en la antigua Yugoslavia la evidencia debe ser recogida en forma rápida y meticulosa.
Durante la segunda guerra mundial, la recopilación sistemática de información de presuntos crímenes comenzó en 1943 con el establecimiento de una comisión con esa finalidad.
En 1941, el presidente de Estados Unidos, Franklin Roosevelt, y el primer ministro de Gran Bretaña, Winston Churchill, habían declarado públicamente que el castigo de esos crímenes era uno de los objetivos de guerra de los aliados, posición adoptada también por representantes de los países ocupados en 1942.
Dos años antes de que concluyera la guerra en Europa, los ministros aliados acordaron en Moscú principios clave para la investigación y el castigo de estos delitos.
A lo largo del enfrentamiento, las agencias de inteligencia aliadas acumularon una considerable cantidad de información, en buena medida procedente de combatientes de la resistencia que permanecían en los países ocupados por Alemania.
Los aliados, en su derrotero a través de Europa hacia Alemania, desplegaron unidades especiales que trabajaron prácticamente en la línea de fuego para entrevistar a internados y prisioneros con la finalidad de recoger y preservar evidencias.
El régimen nazi imperante en Alemania también recopiló grandes cantidades de pruebas documentales de sus propios crímenes. Cuando el proceso de Nüremberg comenzó, las evidencias no eran escasas.
El trabajo realizado entonces no tiene comparación con la investigación de las graves violaciones a la Convención de Ginebra y a las leyes humanitarias internacionales cometidas por todos los bandos en pugna durante el conflicto armado en la antigua Yugoslavia.
Tropas regulares del antiguo Ejército Popular Yugoslavo (JNA) y organizaciones paramilitares serbias que operaban bajo el control de las milicias y la policía regulares violaron la ley humanitaria desde el comienzo de la guerra civil.
A pesar de que los grupos paramilitares dependían de formaciones regulares, en muchos casos eran integrados y conducidos por criminales prófugos. Esta es una de las razones por las cuales no hubo una investigación temprana, aunque las autoridades los conocían.
Aun en situaciones relativamente claras, la recopilación de evidencia de crímenes de guerra y contra la humanidad es problemática debido a la práctica de destruir pruebas antes de que los investigadores independientes puedan acceder a ellas.
Las fuerzas armadas son en gran parte responsables de garantizar el respeto por la ley internacional humanitaria, incluso por parte de grupos paramilitares, en los territorios bajo su control.
Pero en el caso de Serbia, las autoridades militares permiten o niegan frecuentemente el acceso de los investigadores a los lugares donde supuestamente se cometieron los crímenes. Dificultades similares existen para acceder a documentos del JNA, considerados habitualmente como la prueba más fidedigna.
A la fecha, estos papeles pudieron ser obtenidos sólo luego de raras y arbitrarias decisiones del Ministerio de Defensa y el Comando General de Serbia. El Ministerio del Interior también se resiste a liberar estos papeles.
La falta de acceso a documentos militares será un obstáculo para dejar en claro cuestiones como el comando y el control de las operaciones, así como en la identificación de quienes cometieron violaciones a las convenciones de Ginebra y La Haya.
La negativa a aportar documentación también podría suponer una protección a dirigentes políticos involucrados en estos crímenes.
La emisora estatal de televisión también destruyó o escondió gran parte de sus archivos. Las grabaciones perdidas podrían constituir pruebas de supuesta incitación a la comisión de delitos.
La JNA y las fuerzas paramilitares bajo su control habrían perpetrado en 1991 y 1992 asesinatos en masa en Eslavonia occidental y oriental, Srijem oriental y Krajina, y, más tarde, en Bosnia-Herzegovina.
El Tribunal Internacional de las Naciones Unidas (ONU) para Crímenes en la antiguay Yugoslavia comenzó a recopilar información sobre supuestos crímenes de guerra, pero la falta de cooperación de Serbia fue sus mayor obstáculo.
El Comité Yugoslavo para la Recopilación de Evidencia sobre Crímenes contra la Humanidad y la Ley Internacional aún se niega a colaborar con el tribunal internacional, al que funcionarios de Serbia consideran ilegítimo y lesivo de su soberanía nacional.
En ese sentido, sostienen que el Consejo de Seguridad de la ONU es el órgano competente, y por eso le remitieron a éste, y no al tribunal, su sexto informe en noviembre, en el que sólo constan supuestos crímenes cometidos contra serbios.
El Comité de Estado puede declarar que algunos documentos son secretos, de acuerdo con una legislación de 1993 que no aclara cómo y en qué circunstancias se podrá acceder a estas evidencias.
Para el tribunal internacional, la posibilidad de actuar en Yugoslavia y en las zonas de dominio serbio en Bosnia-Herzegovina es crucial. Sus funcionarios requieren versiones de primera mano, procedentes de testigos, víctimas y documentos.
El tribunal sólo acepta evidencias de alta calidad con la finalidad de evitar suspicacias, pero para obtenerlas necesita la estricta aplicación de las leyes internacionales y una clara definición de las obligaciones de las autoridades locales.
El artículo 29 del estatuto del tribunal internacional establece la responsabilidad de los estados en la localización e identificación de sospechosos y testigos, en el arresto de sospechosos y en su acusación, así como el suministro de documentación relevante.
Pero faltan herramientas políticas y medidas de castigo a quienes no colaboren con el tribunal. Como el artículo 29 no se aplica, existe un gran peligro de que muchos crímenes de guerra pasados, presentes y futuros queden impunes. (FIN/IPS/tra- en/wr/rj/mj/ip/96)
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(*) Vladan Vasilijevic es un experto en leyes criminales de Belgrado. Este artículo proviene del Instituto de Información sobre la Guerra y la Paz, con sede en Londres, editor de la revista WarReport.