Cancilleres de 34 paises de America celebraran una conferencia continental contra la corrupcion entre el 27 y el 29 de marzo en Venezuela, confirmo Sebastian Alegrett, embajador de este pais ante la Organizacion de Estados Americanos (OEA).
La conferencia adoptaria una convencion interamericana para perseguir y castigar a los culpables de corrupcion, asi como para resarcir a los Estados desfalcados.
La concrecion de ese tratado responde a uno de los acuerdos surgidos en la Cumbre de las Americas de diciembre de 1994, que reunio en Miami, Estados Unidos, a 34 gobernantes del hemisferio.
El presidente de Venezuela, Rafael Caldera, un socialcristiano de 80 anos, abogo por incluir este asunto en la agenda de Miami, junto a la constitucion de un area hemisferica de libre comercio, el respaldo a las democracias y la lucha contra el narcotrafico.
La cumbre encargo a Venezuela la preparacion de borradores y, luego, la OEA decidio efectuar la conferencia especializada en Caracas, mientras confiaba el estudio de la cuestion a su Grupo de Trabajo sobre Probidad y Etica Civica.
El Consejo Permanente de la OEA resolvio el viernes efectuar la conferencia en marzo en Caracas. Alegrett pronostico que entonces se establecera "una convencion interamericana que producira un nuevo campo en el Derecho Internacional".
Segun el proyecto de convencion que preparo Venezuela, los gobiernos americanos se comprometeran a detener y repatriar a los procesados o condenados por la justicia de otro pais signatario por delitos contra el patrimonio publico.
En el borrador se desecha la concesion de asilo politico o territorial a quienes lo soliciten si han sido procesados o condenados por corrupcion, y compromete a los signatarios a no calificar como politicos esos delitos y otros conexos.
Se promueve, ademas, la recuperacion de los bienes hurtados, con mecanismos para identificarlos, asegurarlos, decomisarlos y restituirlos al Estado requirente.
En el proyecto de convencion, los delitos son cuatro. El primero es el enriquecimiento ilicito o "toda accion u omision efectuada por un funcionario publico, directamente o por persona interpuesta, a cambio de dones, dadivas, promesas, o ventajas exigidas, aceptadas o recibidas indebidamente".
Tambien constituiria delito la obtencion de cualquier otro beneficio de manera irregular, aunque no produzca enriquecimiento, asi como la colaboracion para que la corrupcion ocurra y, por ultimo, la adquisicion, posesion o uso de bienes a sabiendas de que provienen de danos al patrimonio publico. (FIN/IPS/hm/la na ca ip if/96) ITEM CLOSED